La presente Política de Privacidad establece los términos en que Ricardo Andrés Bernal Maldonado usa y protege la información que es proporcionada por sus usuarios al momento de utilizar su sitio web. Esta compañía está comprometida con la seguridad de los datos de sus usuarios. Cuando le pedimos llenar los campos de información personal con la cual usted pueda ser identificado, lo hacemos asegurando que sólo se empleará de acuerdo con los términos de este documento. Sin embargo esta Política de Privacidad puede cambiar con el tiempo o ser actualizada por lo que le recomendamos y enfatizamos revisar continuamente esta página para asegurarse que está de acuerdo con dichos cambios.
Nuestro sitio web podrá recoger información personal por ejemplo: Nombre, información de contacto como su dirección de correo electrónica e información demográfica. Así mismo cuando sea necesario podrá ser requerida información específica para procesar algún pedido o realizar una entrega o facturación.
Nuestro sitio web emplea la información con el fin de proporcionar el mejor servicio posible. Es posible que sean enviados correos electrónicos periódicamente a través de nuestro sitio con ofertas especiales, nuevos productos y otra información que consideremos relevante para usted o que pueda brindarle algún beneficio, estos correos electrónicos serán enviados a la dirección que usted proporcione y podrán ser cancelados en cualquier momento.
Ricardo Andrés Bernal Maldonado está altamente comprometido para cumplir con el compromiso de mantener su información segura.
Una cookie se refiere a un fichero que es enviado con la finalidad de solicitar permiso para almacenarse en su ordenador, al aceptar dicho fichero se crea y la cookie sirve entonces para tener información respecto al tráfico web, y también facilita las futuras visitas a una web recurrente. Otra función que tienen las cookies es que con ellas las web pueden reconocerte individualmente y por tanto brindarte el mejor servicio personalizado de su web.
Nuestro sitio web emplea las cookies para poder identificar las páginas que son visitadas y su frecuencia. Esta información es empleada únicamente para análisis estadístico y después la información se elimina de forma permanente. Usted puede eliminar las cookies en cualquier momento desde su ordenador. Sin embargo las cookies ayudan a proporcionar un mejor servicio de los sitios web, estás no dan acceso a información de su ordenador ni de usted, a menos de que usted así lo quiera y la proporcione directamente. Usted puede aceptar o negar el uso de cookies, sin embargo la mayoría de navegadores aceptan cookies automáticamente pues sirve para tener un mejor servicio web. También usted puede cambiar la configuración de su ordenador para declinar las cookies. Si se declinan es posible que no pueda utilizar algunos de nuestros servicios.
Este sitio web pudiera contener enlaces a otros sitios que pudieran ser de su interés. Una vez que usted de clic en estos enlaces y abandone nuestra página, ya no tenemos control sobre al sitio al que es redirigido y por lo tanto no somos responsables de los términos o privacidad ni de la protección de sus datos en esos otros sitios terceros. Dichos sitios están sujetos a sus propias políticas de privacidad por lo cual es recomendable que los consulte para confirmar que usted está de acuerdo con estas.
En cualquier momento usted puede restringir la recopilación o el uso de la información personal que es proporcionada a nuestro sitio web. En caso de que haya marcado la opción de recibir nuestro boletín o publicidad usted puede cancelarla en cualquier momento.
Esta compañía no venderá, cederá ni distribuirá la información personal que es recopilada sin su consentimiento, salvo que sea requerido por un juez con un orden judicial.
Ricardo Andrés Bernal Maldonado Se reserva el derecho de cambiar los términos de la presente Política de Privacidad en cualquier momento.
“Propiedad intelectual – Obras en cumplimiento de un contrato de prestación de servicios o de un contrato de trabajo
Ley 23 de 1982, art. 20. – Modificado Ley 1450 de 2011, art. 28: En las obras creadas para una persona natural o jurídica en cumplimiento de un contrato de prestación de servicios o de un contrato de trabajo, el autor es el titular originario de los derechos patrimoniales y morales; pero se presume, salvo pacto contrario, que los derechos patrimoniales sobre la obra han sido transferidos al encargante o al empleador, según sea el caso, en la medida necesaria para el ejercicio de sus actividades habituales en la época de creación de la obra. Para que opere esta presunción se requiere que el contrato conste por escrito. El titular de las obras de acuerdo a este artículo podrá intentar directamente o por medio de intermedia persona acciones preservativas contra actos violatorios de los derechos morales informando previamente al autor o autores para evitar duplicidad de acciones.”
Ricardo Andrés Bernal Maldonado, reconoce que ha cedido los derechos patrimoniales de las obras creadas por el, para desarrollar una función laboral dentro de las empresas vinculantes. Citado lo anterior, se acude a los derechos morales de las piezas creadas, bajo las condiciones que expone la norma expuesta posteriormente, sin un fin más que el reconocimiento de su autoría en el desarrollo de las mismas y sin ningún interés mayor a este.
“Derechos Morales – Comprensión del derecho de autor.
Ley 23 de 1982, art. 30 – El autor tendrá sobre su obra un derecho perpetuo, inalienable, e irrenunciable para:
Reivindicar en todo tiempo la paternidad de su obra y, en especial, para que indique su nombre o seudónimo cuando se realice cualquiera de los actos mencionados en el artículo 12 de esta Ley.
a) A oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación de la obra, cuando tales aspectos puedan causar o causen perjuicio a su honor o a su reputación, o la obra se demerite, y a pedir reparación por estos.
b) A conservar su obra inédita o anónima hasta su fallecimiento, o después de él cuando así lo ordenase por disposición testamentaria.
c) A modificarla, antes o después de su publicación.
d) A retirarla de circulación o suspender cualquier forma de utilización aunque ella hubiese sido previamente autorizada.
Parágrafo 1º: Los derechos anteriores no pueden ser renunciados ni cedidos. Los autores al transferir a autorizar el ejercicio de sus derechos patrimoniales no conceden sino los de goce y disposición a que se refiere el respectivo contrato, conservando los derechos consagrados en el presente artículo.
Los derechos morales de autor, abarcan los siguientes aspectos:
1) Derecho de paternidad, como el derecho a exigir el reconocimiento de la autoría de la obra en cualquier utilización que de ella se haga. Este derecho, como se verá más adelante, surge sin necesidad de ninguna formalidad, por el solo acto de la creación, se haya o no publicado la obra.
2)Derecho de integridad, Que es la facultad de impedir cualquier deformación, mutilación, alteración u otra transformación de la obra sin la expresa autorización del titular, incluidas aquellas acciones que ocasionen demérito de la obra o que afecten el honor o la reputación del autor.
3)Derecho de divulgación o de inédito, que es la facultad del autor en decidir si divulga o no su obra, y en qué forma lo hará.
Derecho de revelación y ocultación, según el cual el autor puede decidir divulgar la obra con su nombre, con un seudónimo o signo, o de forma anónima, sin que ello signifique una renuncia a la autoría de la misma.
4)Derecho de arrepentimiento y modificación, el primero es el derecho del autor de retirar su obra del medio, aún después de haber autorizado su uso; el segundo, el derecho de modificarla a su antojo aún cuando haya cedido sus derechos económicos.
Igualmente, de conformidad con la naturaleza inalienable de los derechos morales de autor, estos permanecen en la esfera del autor y no podrán ser cedidos ni transmitidos, al punto que cualquier disposición contractual o convencional sobre ellos se tendrá como no escrita.
Solo pueden ser objeto de cesión o disposición, los derechos patrimoniales, a los cuales se refirió la sala en a sentencia de casación del 30 de abril del 2008, señalando que son todos aquellos que se relacionan con la explotación de la obra, con las retribuciones por su uso y explotación de la obra, con las retribuciones por su uso y difusión. En ese sentido, otorgan exclusividad al autor para reproducir, comunicar públicamente y transformar su obra. Abarca el derecho de distribución que comprende la venta, el arrendamiento o el alquiler, y el de importación, todos los cuales pueden ser transferidos por el autor a otras personas naturales o jurídicas.”
Citas y menciones extraídas de:
Texto: Propiedad Intelectual y Derechos de Autor, décimo-novena edición - 2018.
Autor: Juan Carlos Mora Barrera – Editorial Leyer.
Páginas: (27,29, 36, 37.).
ISBN 978-958-769-718-6.
Bogotá – Colombia.
Tanto los diseños, como el contenido, artes y demás elementos comunicativos utilizados en la presente página web, se encuentran regulados por las leyes de derecho de autor. (Ley 23 de 1982 y ley 44 de 1994, Colombia). Las obras personales cuentan también con la protección de Creative Commons. Apoyemos el trabajo de creativos emergentes utilizando éste medio de protección. Cualquier publicación, mención, y/o utilización de la totalidad o alguna parte particular de la información expuesta en ésta página, ha de ser notificada vía correo electrónico para su aprobación.